- Regulaciones
- Regulaciones Propuestas
- Cuarta Modificación al Texto Propuesto
- Terceras Modificaciones al Texto Propuesto
- Segundas modificaciones al Texto propuesto
- Modificaciones al Texto Propuesto
- Texto inicial propuesto
- Invitación para comentarios
- Reunión de partes interesadas
- Resumen de las Fechas Operativas
- SUSCRIBIRSE PARA RECIBIR AVISOS DE ELABORACIÓN DE REGLAS
- Antecedentes
Regulaciones
Regulaciones Propuestas
Transición PRO 02/17-NMLS para Solicitantes y Licenciatarios de Leyes de Financiamiento de California, y Requisitos para Administradores del Programa PACE
Cuarta Modificación al Texto Propuesto
El Período de Comentarios Termina: 13 de enero de 2021
- PRO 02/17 Aviso de Cuarta Modificación (PDF)
- PRO 02/17 Texto Propuesto de Cuarta Modificación (PDF)
Terceras Modificaciones al Texto Propuesto
El período de comentarios Termina: 3 de diciembre de 2020
- PRO 02/17 Aviso de Tercera Modificación (PDF)
- PRO 02/17 Propuesta de Tercera Modificación Texto (PDF)
Segundas modificaciones al Texto propuesto
Finaliza el período de comentarios: 18 de septiembre de 2020
- PRO 02/17 Aviso de Segundas Modificaciones (PDF)
- PRO 02/17 Texto Modificado Propuesto (PDF)
Modificaciones al Texto Propuesto
El período de comentarios Termina: 12 de junio de 2020
- PRO 02/17 Aviso de Modificaciones (PDF)
- PRO 02/17 Texto Modificado Propuesto (PDF) PDF)
Texto inicial propuesto
Finaliza el Periodo de comentarios: 9 de diciembre de 2019
- Aviso PRO 02/17 (PDF)
- Texto propuesto PRO 02/17 (PDF)
- Declaración Inicial de Razones PRO 02/17 (PDF)
Invitación para comentarios
4/19/18 – PRO 02/17 – Administradores de Programas de Energía Limpia Evaluada por propiedades (PACE) El período de comentarios Finaliza: 8 de junio de 2018.
- 2a Invitación para Comentarios (PDF)
- Borrador de texto (PDF)
- Ver comentarios para 2a invitación
30/12/17 – PRO 02/17 – Administradores de Programas de Energía Limpia Evaluada por propiedades (PACE) El período de comentarios Finaliza: 5 de enero de 2018.
- Invitación para comentarios (PDF)
- Ver comentarios para la 1a invitación
Reunión de partes interesadas
- El 1 de diciembre, la DFPI celebró un taller con personas interesadas para recopilar información sobre las regulaciones necesarias para la supervisión efectiva de los administradores del programa PACE (Gobierno). Código, § 11346, subdivisión (b)). La DFPI está redactando reglamentos para aplicar la nueva ley y solicita comentarios de las partes interesadas antes de iniciar una acción formal de reglamentación con la Oficina de Derecho Administrativo.
- DFPI PACE Meeting Dic. 1-Transcripción (PDF)
Resumen de las Fechas Operativas
- Resumen de las Fechas Operativas y Disposiciones de AB 1284 (Capítulo 475, Estatutos de 2017) y SB 242 (Capítulo 484, Estatutos de 2017).
El Resumen de fechas Operativas no es una lista exhaustiva, sino que pretende proporcionar una visión general del cumplimiento. Un administrador del programa debe revisar la ley para garantizar el cumplimiento de los requisitos específicos en las fechas en que entren en vigor. El administrador del programa PACE debe cumplir con la ley en su fecha de entrada en vigor. El Departamento revisará el cumplimiento de la ley por parte del administrador del programa a partir de su fecha operativa durante el proceso de concesión de licencias, durante los exámenes reglamentarios y como parte de las investigaciones y acciones de aplicación, cuando corresponda.
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Antecedentes
El 4 de octubre de 2017, el Gobernador Brown firmó AB 1284 (Capítulo 475, Estatutos de 2017). El proyecto de ley cambia el nombre de la Ley de Prestamistas Financieros de California a Ley de Financiamiento de California. Este cambio entró en vigor al firmarse, y establece un esquema de licencias para administradores del programa de Energía Limpia Evaluada por Propiedades (PACE). Un «administrador del programa» es una persona que administra un programa PACE en nombre de una agencia pública. (Aleta. Código, § 22018. Un programa PACE proporciona financiamiento para la instalación de mejoras de eficiencia energética en bienes inmuebles con fondos reembolsados a través de evaluaciones de impuestos a la propiedad, según lo autorizado por leyes específicas. (Aleta. Código, § 22016.)