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Formularios de Poder Notarial de Illinois

Formularios de poder notarial de Illinois que permiten a una persona elegir a otra para tomar decisiones en su nombre con fines médicos, financieros, parentales u otros relacionados. Dependiendo del tipo de formulario, se requerirá que lo complete y firme de acuerdo con la ley estatal.

Poder legal duradero: Generalmente confiere amplios poderes financieros a un representante y continúa incluso si la persona que crea el poder es declarada incapacitada.

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Requisitos de firma (755 ILCS 45/3-3.6): Un (1) testigo y un notario público.

Poder notarial General: Generalmente también confiere amplios poderes financieros al representante, pero no es duradero, lo que significa que se convierte en nulo si y cuando se declara incapacitado al principal.

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Requisitos de firma (755 ILCS 45/3-3.6): Un (1) testigo y un notario público.

Poder notarial para el cuidado de la salud: permite a una persona designar a alguien para que actúe en su nombre con las decisiones del cuidado de la salud cuando usted no puede hacerlo.

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Requisitos de firma (755 ILCS 45/4-5.1): Un (1) testigo.

Poder notarial limitado: Este tipo se limita a una transacción específica o a un período de tiempo específico y se anula una vez que se completa la transacción o el período de tiempo.

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Requisitos de firma (755 ILCS 45 Art. II): Solo Principal.

Poder Notarial para Niños menores de edad: le permite designar a alguien para que tome decisiones en nombre de su hijo menor de edad en caso de que no esté disponible por un período de tiempo.

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Requisitos de firma (755 ILCS 45 Art. II): Solo Principal.

Revocación de poder notarial: Cancele cualquier poder notarial que haya creado en el pasado.

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Requisitos de firma: No hay leyes, pero se recomienda firmarlas frente a un notario público.

Poder Notarial Fiscal (IL-2848): Se puede usar para designar a alguien que actúe en su nombre con asuntos fiscales.

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Requisitos de firma: Dos (2) testigos si el agente es abogado o contador público certificado (CPA). Dos (2) testigos y un notario público si el agente es otra persona.

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