Puntos clave de discusión:
Le estoy aconsejando por la conducta mencionada anteriormente. Tenga en cuenta que la conducta continua de esta naturaleza puede resultar en el inicio de una prohibición para volver a inscribirse, una acción administrativa que incluya su separación del servicio y/o una acción punitiva (es decir, una acción del UCMJ). Si esta conducta continúa, se puede iniciar una acción para separarlo involuntariamente del servicio según AR 635-200, Capítulo 5, 11, 13 o 14. Si se separa involuntariamente, podría recibir una Baja Honorable, General En Condiciones Honorables, Que No Sean Honorables o Poco Características. Se puede conceder una baja honorable en virtud de los Capítulos 5, 13 y 14. En virtud del capítulo 11, se podrá conceder una aprobación de gestión no característica. Se podrá conceder una Baja General en Condiciones Honorables en virtud de los Capítulos 5, 13 y 14. De conformidad con el Capítulo 14, se puede conceder una Baja que no sea Honorable. Si recibe una Baja Honorable, estará calificado para la mayoría de los beneficios resultantes de su servicio militar. Si recibe una Baja General En Condiciones Honorables o una Baja No Característica, será descalificado para volver a alistarse en el servicio por algún período (es decir, por lo menos dos años) y no será elegible para muchos beneficios para veteranos que incluyen, entre otros, la Factura de Montgomery G. I. Si recibe una Baja que no sea Honorable, no será elegible para la mayoría, si no todos, los beneficios para veteranos que incluyen, entre otros, el Proyecto de Ley Montgomery G. I. y se le impedirá volver a inscribirse en el servicio. Si se da un General En Condiciones Honorables, Que No Sean Honorables o Inusuales, puede enfrentar dificultades para obtener empleo civil, ya que los empleadores tienen poca consideración por Bajas que no sean Honorables. Aunque existen agencias a las que puede solicitar un ascenso de categoría con una Baja no Honorable, es poco probable que dicha solicitud tenga éxito.