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Piloto al mando

Sirviendo como piloto al comandoeditar

Bajo la FAR 91.3 de la FAA de EE.UU., «Responsabilidad y autoridad del piloto al mando», la FAA declara:

  1. El piloto al mando de una aeronave es directamente responsable de, y es la autoridad final en cuanto a la operación de ese avión.
  2. En una emergencia en vuelo que requiera una acción inmediata, el piloto al mando podrá desviarse de cualquier regla de esta parte en la medida necesaria para hacer frente a esa emergencia.
  3. Todo piloto al mando que se desvíe de una norma establecida en el párrafo b) de la presente sección enviará, a petición del Administrador, un informe escrito de dicha desviación al Administrador.

U. S. FAA FAR 121.533 (e) da una autoridad final amplia y completa a los capitanes de aerolíneas: «Cada piloto al mando tiene pleno control y autoridad en la operación de la aeronave, sin limitación, sobre los demás miembros de la tripulación y sus funciones durante el tiempo de vuelo, independientemente de que posea o no certificados válidos que le autoricen a desempeñar las funciones de esos miembros de la tripulación.»

Las normas equivalentes de la OACI y de otros países son similar.In Anexo 2, «Reglas del Aire», párr. «2.3.1 Responsabilidad del piloto al mando», declara la OACI:

El piloto al mando de una aeronave, manipule o no los controles, será responsable de la operación de la aeronave de conformidad con las reglas del aire, excepto que el piloto al mando podrá apartarse de estas reglas en circunstancias que hagan que dicha salida sea absolutamente necesaria en interés de la seguridad.

En el anexo 2, párr. «2.4 Autoridad del piloto al mando de una aeronave», añade la OACI:

El piloto al mando de una aeronave tendrá la autoridad final en cuanto a la disposición de la aeronave mientras esté al mando.

Tanto la FAR 91.3 b) como el Anexo 2 de la OACI, párr. 2.3.1, facultar específicamente al PIC para anular cualquier otra regulación en caso de emergencia y tomar el curso de acción más seguro a su exclusivo criterio. Esta disposición refleja la autoridad otorgada a los capitanes de buques en el mar, con justificaciones similares. En esencia, otorga al piloto al mando la autoridad final en cualquier situación que implique la seguridad de un vuelo, independientemente de cualquier otra ley o reglamento.

Registro del piloto en el tiempo de comandoeditar

Según la FAR 14 CFR 61.51 de la FAA de EE.UU., el registro del tiempo de vuelo como PIC es diferente y distinto de actuar como PIC legal para un vuelo. En general, el piloto al mando de un vuelo determinado siempre puede registrar su tiempo de vuelo como tal, mientras que otros miembros de la tripulación pueden o no estar autorizados a registrar su tiempo en ese vuelo como tiempo de piloto al mando, dependiendo de las circunstancias específicas y de la jurisdicción de control.

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