- ¿Qué pasa si soy graduado de una Escuela Secundaria de Wisconsin y tengo padres que residen permanentemente en Wisconsin?
- ¿Qué pasa si soy menor de edad?
- ¿Qué pasa si soy menor de edad bajo tutela en este estado?
- ¿Qué pasa si me reclaman como dependiente de impuestos de un padre y tengo un padre que reside en Wisconsin?
- ¿Qué pasa si yo o mis padres o cónyuge nos mudamos recientemente a Wisconsin debido a un empleo?
- ¿Qué pasa si no soy ciudadano de los Estados unidos?
- ¿Qué pasa si me mudo a Wisconsin como refugiado?
- ¿Qué pasa si soy miembro del ejército?
- ¿Qué pasa con la reciprocidad Minnesota-Wisconsin?
- ¿Qué pasa si yo o mi familia dejamos Wisconsin?
- ¿Qué pasa si no soy residente y me tomo un año libre de la escuela?
- ¿Qué pasa si no soy residente – alguna vez me convertiré en residente?
- ¿Cómo puedo apelar mi condición de no residente?
¿Qué pasa si soy graduado de una Escuela Secundaria de Wisconsin y tengo padres que residen permanentemente en Wisconsin?
Consulte la Sección (c) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2)
Si se graduó de una escuela secundaria de Wisconsin y uno o ambos de sus padres han vivido continuamente como residentes de buena fe en Wisconsin durante al menos los doce meses anteriores al comienzo de cualquier período para el que se matricula en la Universidad de Wisconsin-Madison, o su último padre sobreviviente fue residente de buena fe del Estado durante el año anterior a su muerte, su clasificación es residente según la Sección(c) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2). No hay límite de edad para solicitar la residencia en virtud de esta sección del Estatuto.
Para reclamar la residencia legal en Wisconsin para fines de matrícula bajo las disposiciones de la Sección (c) del Estatuto, debe marcar «sí» para la pregunta en la solicitud que pregunta si reclama la residencia en Wisconsin, luego complete la información solicitada con respecto a su escuela secundaria, ciudad, estado y fecha de graduación, así como la información sobre la residencia de sus padres. Su estatus de residencia será determinado por la Oficina del Registrador de la Universidad de Wisconsin-Madison.
¿Qué pasa si soy menor de edad?
Consulte la Sección (a) (4) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2)
Si usted es menor de edad y ha residido sustancialmente en Wisconsin durante sus años de minoría (mientras era menor de 18 años), y al menos el año completo antes de su inscripción, se le clasificará como estudiante residente para fines de matrícula. La Oficina del Registrador puede ponerse en contacto con usted para obtener más información sobre su residencia.
¿Qué pasa si soy menor de edad bajo tutela en este estado?
Ver(a)(5) de los Estatutos de Wisconsin 36.27(2)
De acuerdo con el Estatuto que rige la residencia para fines de matrícula, un menor que está bajo tutela en Wisconsin de conformidad con el cap. 48 u 880, Estatutos de Wisconsin, tiene derecho a la exención de la matrícula de no residentes, siempre que el tutor haya sido designado oficialmente por un Juez de un tribunal de registro de Wisconsin y haya sido un residente de buena fe de Wisconsin durante al menos 12 meses inmediatamente antes de la inscripción del menor en la Universidad.
Si está bajo la tutela de un residente de Wisconsin y cumple con los criterios anteriores, la Oficina del Registrador se comunicará con usted y su tutor para solicitar más documentación.
Para que pueda seguir siendo elegible para la exención de la matrícula de no residentes, debe demostrar su intención de convertirse en un residente de buena fe de Wisconsin cuando se convierta en adulto.
¿Qué pasa si me reclaman como dependiente de impuestos de un padre y tengo un padre que reside en Wisconsin?
Consulte la Sección (a) (3) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2)
Usted puede calificar como residente de acuerdo con la Sección (a)(3) de los Estatutos si:
- uno de sus padres es un residente de buena fe de Wisconsin durante al menos los doce meses anteriores al comienzo de cualquier semestre, y
- uno de sus padres lo reclama como dependiente de impuestos para fines de impuestos federales, y
- uno de sus padres continuará reclamándolo como dependiente.
En su solicitud a la Universidad de Wisconsin-Madison, debe reclamar la residencia legal en Wisconsin. La Oficina del Registrador se pondrá en contacto con usted para obtener información adicional.
Si tiene un padre que se mudó a Wisconsin debido a su empleo y es dependiente de impuestos de ese padre, puede cumplir con los requisitos para la residencia de conformidad con la Sección (cm) de los Estatutos de Wisconsin 36.27(2). Para obtener más información y requisitos, vaya a la siguiente pregunta.
¿Qué pasa si yo o mis padres o cónyuge nos mudamos recientemente a Wisconsin debido a un empleo?
Consulte la Sección (cm) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2)
Si se ha mudado a Wisconsin para trabajar a tiempo completo, usted y su cónyuge en la Universidad de Wisconsin-Madison y sus dependientes pueden estar exentos de la matrícula de no residentes en el Sistema de la Universidad de Wisconsin.
La Sección (cm) de los Estatutos de Wisconsin 36.27(2) permite que las siguientes personas, y sus cónyuges y dependientes, califiquen para la exención de la matrícula de no residentes inmediatamente después de mudarse a Wisconsin, sin tener que esperar un período de doce meses para ser elegibles para ser clasificados como residentes:
1. Personas que han sido reubicadas a Wisconsin por motivos de empleo por su empleador actual y que permanecen empleadas continuamente a tiempo completo por ese empleador.
2. Individuos que aceptaron su empleo actual de tiempo completo con un nuevo empleador antes de mudarse a Wisconsin y antes de presentar una solicitud de admisión a la Universidad de Wisconsin-Madison. Además, dichas personas deben haberse mudado a Wisconsin para fines de empleo y deben haber permanecido empleadas de manera continua a tiempo completo por ese mismo empleador desde su llegada para continuar calificando bajo esta sección del Estatuto.
Si no es ciudadano de los Estados Unidos, debe tener una visa que permita la residencia indefinida en los Estados Unidos para el momento en que se inscriba en la Universidad de Wisconsin-Madison para calificar para la residencia bajo la Sección 36.27(2)(cm).
Cuando la Oficina del Registrador reciba su solicitud de admisión de su oficina de admisión, indicando que solicita residencia, se le pedirá que proporcione documentación adicional.
¿Qué pasa si no soy ciudadano de los Estados unidos?
Consulte la Sección(e) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2)
Si no es estadounidense. ciudadano, en general, debe estar en posesión de una visa que permita la residencia indefinida en los Estados Unidos, o haber sido aprobado como Residente Permanente de los Estados Unidos durante los doce meses inmediatamente anteriores al comienzo de su período de inscripción previsto y calificar para la residencia bajo alguna parte de los Estatutos de Wisconsin 36.27(2) para ser clasificado como residente para fines de matrícula en la Universidad de Wisconsin-Madison. Consulte el Estatuto para las categorías en las que no se requiere la duración de doce meses.
Las visas que permiten que las personas sean consideradas para residencia con fines de matrícula incluyen las visas H-1 y las relacionadas H-4, E, K y ciertas visas L, así como los asilados. Un estudiante con una de estas visas no está obligado a afirmar un domicilio en su país de origen.
Un estudiante que posee una visa como la F, J, M, TN, TD y B, tiene como condición de la visa, el requisito de afirmar un domicilio permanente e irrecuperable en otro país, y no es elegible para ser clasificado como residente para fines de matrícula en la Universidad.
Siempre que tenga una visa que permita la residencia indefinida en los Estados Unidos, su residencia para fines de matrícula se determinará de acuerdo con los Estatutos de Wisconsin 36.27(2).
¿Qué pasa si me mudo a Wisconsin como refugiado?
Se aplica una excepción a residir en Wisconsin durante doce meses antes de la inscripción si usted es un estudiante con estatus de refugiado según se define en 8 USC 1101 (a) (42); se mudó a Wisconsin inmediatamente después de su llegada a los Estados Unidos; y ha residido en este Estado continuamente desde que se mudó aquí. Si se encuentra en esta situación, debe demostrar su intención de establecer y mantener un hogar permanente en Wisconsin de acuerdo con los criterios de la Sección (e) de los Estatutos de Wisconsin 36.27(2).
Se le pedirá que proporcione documentación adicional sobre su condición de refugiado después de que la Oficina del Registrador reciba su solicitud de admisión de su oficina de admisión.
Si no está seguro de si califica para la matrícula de residente bajo esta disposición del Estatuto, comuníquese con los Consejeros de Residencia de la Oficina del Registrador: (608) 262-1355; 333 East Campus Mall # 10101, Madison, WI 53715-1384; [email protected].
¿Qué pasa si soy miembro del ejército?
Ver Sección (b) de los Estatutos de Wisconsin 36.27(2)
En virtud de la Sección (b)1 de los Estatutos, usted puede estar exento de la parte de matrícula de no residente en la Universidad de Wisconsin-Madison si es miembro de las Fuerzas Armadas estacionadas en Wisconsin en servicio activo, o si es cónyuge o hijo de una persona en el ejército en esas condiciones. Si usted cree que puede calificar para la exención de la matrícula de no residente bajo la Sección (b)1, tras la notificación de admisión a esta Universidad, envíe un conjunto de órdenes oficiales verificando que usted, su cónyuge o sus padres están estacionados en Wisconsin en el momento actual a: Residencia para fines de Matrícula, 333 East Campus Mall #10101. Se hará una determinación de la elegibilidad potencial para la exención de matrícula y se le notificará de su estado. Si parece que puede calificar, se le informará de los procedimientos que debe seguir, antes de pagar las tarifas, para que su evaluación de tarifas se ajuste para reflejar las tarifas de residentes.
De acuerdo con la Sección (b)2 del Estatuto, es posible que pueda pagar la matrícula a la tarifa de residente, aunque su clasificación legal seguirá siendo no residente en la Universidad de Wisconsin-Madison, si es miembro de las Fuerzas Armadas estacionado en servicio activo dentro de 90 millas de las fronteras de este estado, pero reside en Wisconsin, o si es cónyuge o hijo de una persona en el ejército en esas condiciones. Si usted cree que puede calificar para la exención de la matrícula de no residente en virtud de la Sección (b)2, al recibir la notificación de admisión a esta Universidad, envíe un conjunto de órdenes oficiales verificando que usted, un cónyuge o padre está estacionado en Wisconsin en el momento actual a la Oficina del Tesorero, 333 East Campus Mall #10501. Se hará una determinación de la elegibilidad potencial para la exención de matrícula y se le notificará de su estado. Si parece que puede calificar, se le informará de los procedimientos que debe seguir, antes de pagar las tarifas, para que su evaluación de tarifas se ajuste para reflejar las tarifas de residentes.
De acuerdo con la Sección (b)3 del Estatuto, es posible que pueda pagar la matrícula a la tarifa de residente si fue miembro de las Fuerzas Armadas durante al menos 10 años, fue dado de baja honorablemente de dicho servicio dentro de los 4 años anteriores a la solicitud a la Universidad y presentó declaraciones de impuestos del estado de Wisconsin por al menos 8 de los últimos 10 años de servicio activo, o es el cónyuge o hijo de una persona en esas condiciones.
De acuerdo con la Sección (b)4 del Estatuto, es posible que pueda pagar la matrícula a la tarifa de residente si era residente de este estado en el momento de ingresar al servicio activo, y es residente al registrarse y es veterano como se define en la sección 45.01(12).
La calificación para los beneficios para veteranos del Estado de Wisconsin es determinada por el Departamento de Asuntos de Veteranos de Wisconsin (WDVA). Si cree que puede calificar para la exención de la matrícula para no residentes bajo esta ley, debe solicitar al Departamento de Asuntos de Veteranos de Wisconsin (WDVA, 30 West Mifflin Street, Madison o 608-266-1311) para determinar la elegibilidad para los beneficios para Veteranos, o puede solicitar a través de la Oficina de Servicios para Veteranos de su Condado.
¿Qué pasa con la reciprocidad Minnesota-Wisconsin?
Existe un acuerdo de reciprocidad de matrícula entre Wisconsin y Minnesota. Este acuerdo estipula que los residentes de Minnesota pueden asistir a instituciones de Wisconsin en programas aprobados y ser evaluados con la tasa de matrícula de reciprocidad aprobada, más las tarifas segregadas que se aplican a todos los estudiantes. Sin embargo, los estudiantes de los programas profesionales de las Escuelas de Medicina y Veterinaria no están cubiertos por el programa de reciprocidad.
Los residentes de Minnesota deben solicitar a la Oficina de Educación Superior de Minnesota (MOHE) la verificación de su elegibilidad para la reciprocidad. La fecha límite para presentar una solicitud en Minnesota es el último día de clases en la Universidad de Wisconsin-Madison en el plazo para el que desea recibir el estatus de reciprocidad. Un año de certificación se extiende desde el comienzo del Período de otoño y se extiende hasta el final del período de verano siguiente. La reciprocidad se renovará automáticamente para un año académico posterior para los estudiantes que cumplan las siguientes condiciones durante el trimestre de primavera del año académico anterior: matriculado para cursos de crédito en la Universidad de Wisconsin-Madison, permaneció matriculado más allá del período de ajuste del 100% y pagó matrícula de reciprocidad. Los estudiantes deben volver a solicitar la reciprocidad si no se matricularon en absoluto durante un año académico, o si se matricularon pero no aprovecharon la matrícula de reciprocidad debido a un contrato de ayudantía o de pago de terceros.
En la Universidad de Wisconsin-Madison, los estudiantes no certificados antes de la fecha de vencimiento de la matrícula deben pagar a la tarifa de no residente y recibir un reembolso apropiado tras la certificación de MOHE, o retrasar el pago hasta que se emita la certificación y pagar una tarifa de pago atrasado apropiada.
Los residentes de Minnesota que deseen aprovechar el Acuerdo de Reciprocidad de Matrícula de Minnesota-Wisconsin deben solicitar la certificación como residentes de Minnesota a:
Oficina de Educación Superior de Minnesota
1450 Energy Park Drive, Suite 350
St. Paul, MN 55108-5227
(651) 642-0567 o 1-800-657-3866
https://www.ohe.state.mn.us/ssl/reciprocity/apply1.cfm
Los residentes de Wisconsin que deseen aprovechar el Acuerdo de Reciprocidad de Matrícula de Minnesota-Wisconsin deben solicitar la certificación como residente de Wisconsin a:
Programa de Reciprocidad de la Junta de Ayudas Educativas Superiores de Wisconsin
P. O. Box 7885
Madison, WI 53707-7885
(608)267-2209
http://heab.state.wi.us
¿Qué pasa si yo o mi familia dejamos Wisconsin?
Si usted es menor de edad y sus padres se mudan fuera del estado durante los 12 meses anteriores a su inscripción en la Universidad de Wisconsin-Madison, será clasificado como no residente a menos que haya vivido en Wisconsin durante una parte sustancial de su vida y durante todo el año anterior a la inscripción. Si sus padres se mudan fuera del estado, usted tiene 18 años o más, y vive en el estado de Wisconsin y mantiene sus vínculos legales, puede conservar su estatus de residente para fines de matrícula por derecho propio.
Si tienes 18 años o más y te mudas fuera del estado con tus padres, generalmente se te considerará no residente.
Si está inscrito en la Universidad de Wisconsin-Madison y se encuentra en tal situación, acuda a la Oficina del Registrador, sección de residencia de matrícula, 333 East Campus Mall #10101 y solicite presentar una declaración jurada que declare su intención de retener la residencia en Wisconsin. Esta documentación se colocará en su archivo permanente.
Si usted es un estudiante de la Universidad de Wisconsin-Madison que participa en un Programa de un Año en el Extranjero, o va a ser empleado temporalmente fuera del estado por un período de tiempo, y decide conservar su residencia, comuníquese con la Oficina del Registrador, sección de Residencia de Matrícula con respecto a cómo puede mantener una residencia de buena fe en Wisconsin mientras se encuentra temporalmente fuera del estado. Puede comunicarse con la Oficina del Registrador, sección de Residencia de Matrícula en 333 East Campus Mall # 10101, Madison, WI 53715-1384; (608) 262-1355.
¿Qué pasa si no soy residente y me tomo un año libre de la escuela?
Vea las Secciones (a) 1 y(e) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2)
Si usted es un estudiante no residente, puede suspender la inscripción por un período de doce meses para establecer una residencia de buena fe en Wisconsin para fines de matrícula, y debe cumplir con los criterios de la Sección (e) de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2), incluyendo la presentación oportuna de una declaración de impuestos sobre la renta de Wisconsin de un tipo que solo un residente de Wisconsin de un año completo puede presentar, el registro de votantes, el registro de vehículos motorizados, la posesión de una licencia de operador de Wisconsin, el lugar de empleo, la autosuficiencia, la participación en actividades comunitarias y la presencia física en Wisconsin durante al menos 12 meses antes de que comiencen las clases. Además, si no es ciudadano de los Estados Unidos, debe estar en posesión de una visa que permita la residencia indefinida en los Estados Unidos.
Cuando presente una solicitud de readmisión en la Universidad de Wisconsin-Madison, marque la casilla «Sí» con respecto a la residencia, incluso si los 12 meses no han pasado cuando vuelva a presentar la solicitud. Esto alertará a la Oficina del Registrador de su intención, y los Consejeros de Residencia escribirán para obtener más información.
¿Qué pasa si no soy residente – alguna vez me convertiré en residente?
Si ingresa y permanece en Wisconsin principalmente para asistir a una institución educativa durante los doce meses que intenta establecer una residencia de buena fe en Wisconsin, se presume que continúa residiendo fuera del estado. Esta presunción permanece en vigor hasta que pueda demostrar que ha superado la presunción con evidencia clara y convincente de residencia de buena fe en el estado durante el año siguiente anterior a un período para el que desea inscribirse en la Universidad de Wisconsin-Madison. Estatutos de Wisconsin 36.27.2) Sección e).
Generalmente, un estudiante que ingresa a Wisconsin para asistir a cualquier institución educativa continuará en el estado de no residente hasta que la razón del estudiante para estar en Wisconsin se demuestre claramente que no es educativa. Doce meses después del cambio en la razón por la que el estudiante está en Wisconsin, es posible que el estudiante desee preguntar acerca de apelar su condición de no residente.
¿Cómo puedo apelar mi condición de no residente?
Las determinaciones iniciales de residencia para fines de matrícula en la Universidad de Wisconsin-Madison son hechas por la Oficina del Registrador con base en las disposiciones de los Estatutos de Wisconsin 36.27(2) que rigen el estado de residencia para fines de matrícula. En general, debe ser un residente de buena fe de Wisconsin durante al menos 12 meses antes de la inscripción para ser elegible para la matrícula estatal.
Si aún tiene preguntas sobre su clasificación de residencia después de leer el extracto de los Estatutos de Wisconsin 36.27 (2), o si considera que su clasificación es incorrecta o que tiene factores atenuantes o atenuantes importantes, puede comunicarse con un Consejero de Residencia de Matrícula y/o presentar una Apelación para la Exención del formulario de Matrícula para No Residentes antes de la fecha límite apropiada.
Nuestro objetivo es hacer que los estudiantes sean residentes siempre que sea posible de acuerdo con la ley estatal. Si bien cada estudiante tiene derecho a presentar una apelación, una consulta con un Consejero de Residencia puede ayudarlo a determinar si seguir adelante con una apelación es una decisión prudente. El Consejero proporcionará orientación y dará una opinión profesional sobre la probabilidad de una apelación exitosa basada en las circunstancias de su situación. Tener una comprensión clara de la ley y el proceso de apelación podría ahorrarle mucho tiempo y energía.
Disponibilidad y plazos para la presentación de la Solicitud de Apelación de Matrícula de No Residentes