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LICENCIA DE AJUSTADOR PÚBLICO RESIDENTE

TIPO Y CLASE:
3-20 Licencia de Ajustador Público Residente

Uso(s) común (es) de la Licencia:

Un «ajustador público» es cualquier persona, excepto un abogado debidamente licenciado, exento según el artículo 626. 860, que, por dinero, comisión o cualquier otra cosa de valor, prepare, complete o presente un formulario de reclamo de seguro para un reclamante asegurado o tercero, o que, por dinero, comisión o cualquier otra cosa de valor, actúe en nombre de, o ayude a un reclamante asegurado o tercero a negociar o efectuar la liquidación de una reclamación o reclamaciones por pérdida o daño cubierto por un contrato de seguro, o que se anuncie para un empleo como ajustador de tales reclamaciones. El término también incluye a cualquier persona que, por dinero, comisión o cualquier otra cosa de valor, solicite, investigue o ajuste dichas reclamaciones en nombre de un tasador público.

PASOS PARA OBTENER UNA LICENCIA DE AJUSTADOR PÚBLICO RESIDENTE DE 3 A 20 PERSONAS:

  • Una persona física de al menos 18 años de edad.
  • Un residente de Florida o mantener un lugar de negocios principal en Florida.
  • Un ciudadano de los Estados Unidos o extranjero legal que posee una autorización de trabajo de los Servicios de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos.
  • No tener una licencia de residente en otro estado.

Paso 2: Debe tener los siguientes requisitos previos antes de presentar la solicitud:

  • Ha obtenido la licencia en este estado como ajustador de todas las líneas y ha sido designado de forma continua durante los 6 meses anteriores como aprendiz de ajustador público según el artículo 626.8561, como ajustador independiente según el artículo 626.855 o como ajustador empleado de la empresa según el artículo 626.856.
    Y
  • Presentar una fianza original de cincuenta mil dólares (5 50,000), utilizando un formulario de fianza proporcionado por el Departamento.

Enlace original de correo a:
Departamento de Servicios Financieros
Oficina de Licencias, Sala 419
200 East Gaines Street
Tallahassee, FL 32399-0319

Paso 3 – Aplicar:

  • Responda a todas las preguntas y pague las tarifas para completar la solicitud en línea.

Paso 4 – las Huellas dactilares:

  • Se deben tomar las huellas digitales.

Paso 5-Examen:

No tenga en cuenta este paso si no está obligado a tomar un examen o si aprobó el examen dentro del año anterior a la solicitud de la licencia.

  • Tras la aprobación, se le enviará un correo electrónico indicándole que revise sus mensajes en su cuenta MyProfile. Los mensajes son donde puede ver las notificaciones del departamento, como una autorización para un examen. Siga las instrucciones del mensaje para programar el examen.Nota: Si se le requiere que tome un examen, no estará calificado para una licencia hasta que el departamento haya recibido un resultado de aprobación del proveedor de pruebas.

Paso 6-Notificaciones de estado:

  • Una vez que se haya enviado una solicitud, puede verificar en su cuenta MyProfile el estado de su solicitud. Las deficiencias se enumerarán bajo el tipo de licencia pendiente.
  • Una vez que se hayan cumplido todos los pasos anteriores, el departamento enviará su aprobación por correo electrónico. A continuación, puede ir a su cuenta MyProfile y hacer clic en los hipervínculos «Monedero» y/o «Carta», en la sección «Licencias de impresión», para generar una copia de su licencia para imprimir.

Nota Especial:

  • Los abogados debidamente autorizados para ejercer la abogacía en los tribunales de este estado, y que estén al día con el Colegio de Abogados de la Florida, están exentos de tener que obtener una licencia según los Estatutos de la Florida, s. 626.860. Nota: Esto no exime a los abogados del examen estatal si se solicita una licencia de ajustador.
  • Al obtener la licencia, un ajustador público debe ser nombrado en su propio nombre, o por un ajustador público o una empresa de ajuste público.
  • No puede tener más de una licencia de ajustador a la vez.
  • Requisito de Educación Continua (CE) : 24 horas cada dos años al final del mes de nacimiento del licenciatario. Cuando se ha generado el requisito CE, el requisito se puede ver en la cuenta MyProfile del licenciatario. Sección 626.2815, Estatutos de Florida. Los cursos de nivel de ajustador público se designan como CE3-20 y CE5-320 solamente. Puede encontrar información adicional en nuestra página de Educación Continua.
  • Nombramiento de licencia: Esta licencia requiere una cita para estar activa. Sección 626.112 (1) (a), Estatutos de Florida.
  • Caducidad de la licencia: Esta licencia caducará si no se ha designado durante 48 meses. Sección 626.431 (3), Estatutos de Florida.
  • El acceso de terceros debe ser autorizado por el licenciatario a través de MyProfile para que el tercero pueda administrar los envíos de licencias y los cambios en nombre del licenciatario.
  • Designación / Eliminación del Ajustador Primario para la Firma de Ajuste (DFS-H2-6364)
  • Estatutos de Florida relacionados: 626.854, 626.865

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